Suárez, Francisco (1548-1617).
Filósofo español, jesuita, nacido en Granada en 1548 y muerto en 1617. Fue profesor en Segovia, Ávila, Valladolid, Roma, Alcalá, Salamanca y Coimbra. Conocido con el apelativo de Doctor Eximius, fue el primer gran sistematizador de la metafísica escolástica. Suárez desarrolla un enorme esfuerzo por revitalizar la escolástica adaptando lenguaje y perspectivas al clima de la contrarreforma española.
Sus obras son: De Verbo Incarnato (1590), Disputationes metaphysicae (1597), De vera intelligentia (1605), De legibus (1612), De anima (póstuma, 1621).Las Diputationes metaphysicae fueron en su momento el esfuerzo más ambicioso de la filosofía escolástica en general, y hacen de su autor la figura preeminente de la escolástica española del siglo XVI. En ellas se propone el autor llevar a cabo una exégesis de la Suma teológica de Santo Tomás. Pero sobrepasa ese propósito, pues se extiende a recapitular, con encomiable objetividad, los frutos del pensamiento antiguo, medieval y contemporáneo, en un alarde de erudición, sin dejar por ello de lado el análisis crítico.Se declaró a favor de los molinistas e ideó el congruismo, que no es sino una modificación del sistema de aquellos. Sus obras forman veintitrés volúmenes.
Metafísica.
Define la metafísica como la ciencia que considera al ser en cuanto ser, o en cuanto abstrae de la materia en el existir. La pretensión fundamental es marcar las diferencias entre el ser finito, ser ab alio, y el infinito, ser a se, siendo éste el fundamento de todo ser, al cual imita la criatura humana. Por eso también admite la analogía del ser. Pero rechaza la distinción tomista entre esencia y existencia en los seres finitos. La materia prima no puede existir por sí sola. Tampoco admite un principio esencial de individualización, pues la sustancia individual se individualiza por sí misma. Respecto a las pruebas de la existencia de Dios, sólo admite las que se basan en argumentos metafísicos. Una de las aportaciones más originales de Suárez en sus Disputationes es la noción de potencia participadora del hombre con Dios para causar los efectos contingentes.
Derecho.
En filosofía jurídico-política, Suárez concibe la ley moral como una participación de la ley eterna, y a su vez, ésta es considerada como un derecho libre de la voluntad divina. La ley natural supone el derecho natural. La sociedad tiene su origen en la naturaleza humana, que la ley trata de perfeccionar en la organización. La comunidad adopta la forma de gobierno que más le conviene. Los soberanos han de seguir la opinión del pueblo, porque, si bien la autoridad dimana de Dios, descansa en la sociedad, y no en una determinada persona, al contrario de lo que ocurre con el poder eclesiástico. En caso de que el soberano caiga en la tiranía, el pueblo puede y debe, en vistas al bien común, derrocarlo.Sin desconocer la influencia de Suárez en la jurisprudencia moderna en general, el campo en que más se evidencia su temprana aportación es en el derecho de gentes. Éste no proviene ni del derecho natural ni de la ley positiva, sino de las costumbres admitidas en la generalidad de las naciones. Busca establecer la armonía entre los pueblos sobre la base del respeto a la persona. Suárez postula un arbitraje internacional imparcial para impedir la guerra entre las naciones, con potestad para sancionar a aquellas que sean culpables de enfrentamientos. Por último, Suárez defiende el deslinde entre el poder temporal y el eclesiástico. No obstante, considera necesaria la intervención papal en asuntos temporales que puedan afectar a la espiritualidad de las almas.